TESTIMONIO: VISTO: El proyecto de creación del Fondo de Emergencia Social para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, presentado ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación que, formado por un porcentaje del monto que por Ley 24261, ha atribuido a la Provincia de Buenos Aires con destino específico a obras de carácter social, como destino -el 50% de dicho monto- a las munici- palidades bonaerenses, y CONSIDERANDO: Que ello, sería significativamente beneficioso para la Municipalidad de Balcarce, que por encontrarse naturalmente incluida en el sistema proyectado podrá destinar los fondos prove- nientes del mismo a las afectaciones específicas determinadas en dicha ley, a saber: - Prestación transitoria por desempleo. - Otorgamiento de subsidios para la alimentación familiar. - Financiación de sistemas de educación y salud. - Obras de saneamiento (aguas y cloacas). Que, naturalmente, esa Ley, sería una importan- te herramienta tanto para la Provincia como para los Municipios, pa- ra paliar problemas sociales que preocupan a todos, llegando con so- luciones concretas a la gente. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N Nº 12/00 -------------------------------- ARTICULO 1.- Resuélvese recomendar la aprobación del Proyecto de Ley ------------ presentado ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, con referencia a la creación de un Fondo de Emergencia So- cial para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.------ ARTICULO 2.- Resuélvese recomendar el reemplazo en el texto del Ar- ------------ tículo 3º del Proyecto de Ley, los términos: "Instituto Nacional de Estadísticas y Censos", por "Gobierno Provincial".------ ARTICULO 3.- Dése traslado de la presente Resolución al Señor Presi- ------------ dente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación, Dr. Raúl Baglini, y a los Señores Presidentes de los diferentes bloques políticos representados en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los doce días del mes de octubre de dos mil. FIRMADO: Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO